El presidente Mauricio Macri acaba de ser imputado por la justicia, por haber emitido el polémico decreto que reformó la ley de Sinceramiento Fiscal, para que los familiares de los actuales funcionarios públicos puedan “blanquear” sus patrimonios, fugados al exterior sin pagar impuesto alguno. El que es sospechado como un intento del Presidente para que sus familiares regularicen los fondos que detentan en el extranjero, mediante un doble enjambre de empresas fantasmas offshore, cuya cantidad aumenta cada día, existiendo además otras offshores sospechadas de pertenecer al grupo. Lo cual fue corroborado poco después con los ROS (Reportes de Operación Sospechosa) que llegaron desde Alemania, sindicando a sus hermanos Gianfranco y Mariano Macri, como responsables de ellos.
En esta nota Stripteasedelpoder revela el diagrama o mapa de dichas offshores, la mayoría de ellas fantasmas, en base a vincular sus directivos comunes que son parientes con el Presidente Macri. El que evidencia la existencia de dos enjambres de Macrioffshores trenzadas premeditadamente en un ocho, que tiene como puente a las offshores Fleg Trading y Kagemusha. En las que figuran como presidente Franco Macri, y como vicepresidente, el Presidente Macri. Siendo el secretario de la primera, Mariano Macri, y de la segunda Gianfranco Macri, hijos y hermanos de los antes nombrados.
Uno de esos enjambres de offshores está bajo la batuta de Franco Macri, el padre del Presidente. Y el otro de Gianfranco Macri, el hermano del Presidente. Figurando en segundo lugar en el enjambre bajo la batuta de Franco, el mismo Presidente, su hermana Florencia, y sus sobrinos Franco y Rodrigo Valladares Macri. Mientras que en el enjambre a cargo de Gianfranco, figuran subsidiariamente Mariano Macri, el hermano del Presidente; la cuñada del Presidente casada con Gianfranco, Eliana Badessich, y Gianina Macri, la sobrina del Presidente hija de Gianfranco y Eliana. Subsidiariamente también aparece hasta ahora como desconectado a esos enjambres, Jorge Macri, el primo del Presidente.
En Islandia la aparición de una offshore fantasma a nombre del primer ministro, motivó la inmediata renuncia de este. En cambio en Argentina, quién funciona como primer Ministro del Presidente Macri, Marcos Peña, dijo que hablar de un enjambre de veinte offshores relacionadas con el Presidente a los fines de evadir impuestos, es “una berretada”. En momentos en que se discute una ley de impuesto a las Ganancias que afecta los ingresos personales de los sectores medios y bajos de la sociedad, con la que el Gobierno pretende ampliar aún más la base tributaria.
Más allá del abuso de autoridad de cambiar la ley por un decreto, lo menos que debería hacer el Gobierno de una República, es someter al escrutinio público toda la información relacionada con esas offshores, publicando la nómina de los accionistas de cada una de ellas, sus balances, y la estimación de los montos de impuestos evadidos a través de ellas, beneficiados por la amnistía presidencial.
Luego de las denuncias a las que dio curso la justicia por su empresa descubierta con los Panamá Papers y las maniobras de los títulos de las LEBACs, el presidente Mauricio Macri recibió recientemente su tercera imputación penal en su primer año de gestión. Esta vez, por haber emitido el polémico decreto Decreto 1.206/16, firmado el 29 de noviembre. Con el que modificó el Libro II del Régimen de Sinceramiento Fiscal, Ley 27.260, conocida como “Ley del Blanqueo”. También quedaron imputados el ministro de hacienda Alfonso Prat Gay, y el jefe de gabinete Marcos Peña, por haberlo acompañado con sus firmas.
La “Ley de Blanqueo” es una benigna amnistía, que permite declarar de manera voluntaria bienes ocultos que no hayan sido informados a la AFIP, para así zafar de cualquier problema judicial de carácter penal tributario. El costo de esa amnistía según como se implemente, puede ser desde cero hasta un máximo del 15 % de lo declarado. Mientras que en Brasil una medida parecida tuvo un costo de un 30 %, y en Estados Unidos, solo implicó la quita de los recargos.
Ver El engaño a los jubilados (III) que esconde una amnistía ultra secreta para los súper ricos
El Artículo 82 de dicha ley establece quienes están excluidos de ese beneficio. Excluyendo a los “sujetos que entre el 1° de enero de 2010, inclusive, y la vigencia de la presente ley, hubieran desempeñado” las funciones públicas que se detallan a lo largo de los incisos de este artículo, comenzando por el Presidente de la Nación.
A su vez el Artículo 83 también excluye a “los cónyuges, los padres, y los hijos menores emancipados de los sujetos” mencionados en el Art. 82. Es decir, los familiares directos de dichos funcionarios. Esta fue una de las condiciones que pautaron distintos bloques de la oposición, para acompañar el proyecto del Poder Ejecutivo. Los mismos que manifestaron su repudio con el lanzamiento a posteriori del mencionado decretazo.
A su vez el Artículo 21 del Decreto Reglamentario 895/16, establecía que las exclusiones que mencionan los artículos 82 y 83 de la Ley “se refieren sólo a la declaración voluntaria y excepcional de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior”.
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